Residencial temporal como rentista

Residencial temporal como rentista

  • Marca: Abogado
  • Código: Residencial temporal como rentista
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Fundamentado en la prueba de un ingreso mensual permanente de US$2500 por un período de 2 años. El solicitante debe contar con visa al día.

RESIDENCIA TEMPORAL COMO RENTISTA

Podrán solicitar residencia como rentista en Costa Rica los  extranjeros que demuestren que durante un período no menor a DOS años percibirá una renta no inferior a la suma mensual de dos mil quinientos dólares . Igualmente puede realizar un depósito de US$60 000,00 en un banco nacional el cual hará constar que la devolución del dinero se hará mensualmente tal y como lo solicita el Departamento de Migración.
 
Para realizar dicha gestión es importante que el solicitante cuente con su  visa de turismo u otro al día , serán inadmisibles las presentaciones que se realicen con visa vencida.

Para realizar la gestión de residencia por vínculo es necesario  presentar la siguiente documentación.

  • Solicitud:  Esta solicitud es realizada por nuestro personal y contiene los requisitos de ley, debe ser firmada por el solicitante y autenticada por un abogado, en esta misma solicitud se emite un poder para uno de nuestros abogados, con el fin de que se pueda tramitar todo el proceso sin la presencia directa del interesado. Además en este escrito inicial para solicitud de residencia por vínculo se debe fijar un fax para oír notificaciones, servicio que brinda nuestra oficina.
  • Formulario de Filiación.
  • Certificación que acredite el ingreso:  Un ingreso mensual de US$2,500.00 es requerido para un solo solicitante o para todo el grupo familiar. El ingreso puede venir de un banco local o extranjero. Dicho ingreso debe estar documentado mediante una carta que otorga el banco certificando su obligación de entregar al solicitante el monto indicado por un período mínimo de DOS años, de una forma permanente, estable e irrevocable. Si la carta proviene del extranjero, debe estar debidamente  apostillada  o  bien legalizada y consularizada  en aquellos países que no cuentan con apostillas. Enm el caso de documentos legalizados por consulado, los mismos deben legalizarse en el Ministerio de Relaciones exteriores de Costa Rica y cancelar USD$42 en timbres.
  • Certificación de nacimiento de la persona extranjera : el cual debe ser emitido por el país de origen, donde conste los nombres de los padres, lugar y fecha de nacimiento, este documento debe venir debidamente  Apostillado  o  bien legalizado y consularizado  en aquellos países que no cuentan con apostillas. Enm el caso de documentos legalizados por consulado, los mismos deben legalizarse en el Ministerio de Relaciones exteriores de Costa Rica y cancelar USD$42 en timbres.
  • Certificación de antecedentes penales : en la que conste no haber sido condenado en su país de origen o en el que haya residido los últimos 3 años, debidamente  Apostillado  o  bien legalizado y consularizado  en aquellos países que no cuenten con apostillas. Enm el caso de documentos legalizados por consulado, los mismos deben legalizarse en el Ministerio de Relaciones exteriores de Costa Rica y cancelar USD$42 en timbres.
  • Comprobante de huellas digitales , tramitado personalmente en Costa Rica.
  • 4 tamaño fotografías pasaporte .
  • Copia certificada de todas las hojas del pasaporte , la hoja donde conste la última entrada debe ser copiada a color para demostrar que se encuentra al día. Esta certificación es realizada por nuestros abogados.
  • Comprobante de Inscripción Consular , la cual debe realizar ante la representación consular de su país en Costa Rica, este documento tiene un costo en cada Consulado, consulte a nuestros profesionales los horarios, requisitos y montos de cada uno de ellos.
  • Comprobante de pago del entero bancario por USD$50 , este depósito puede ser pagado por el cliente a la cuenta bancaria 242480-0 del Banco de Costa Rica, nuestro personal puede realizar dicho depósito. Es muy importante que en el recibo que emita el Banco se indique claramente el nombre del solicitante.
  • Si la residencia se tramita desde Costa Rica deberá cancelarse en la misma cuenta bancaria la suma de USD$200 por cambio de categoría migratoria.
  • Traducción de todos los documentos  que vengan en idioma diferente al español, si es ingles nuestro personal realiza dicha traducción sin costo alguno. Otros idiomas deben cancelar un monto adicional.

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